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Dos años y medio de prisión por abusar de su prima menor de edad en vacaciones

Los hechos sucedieron en la localidad de Pego, Alicante, entre 2013 y 2014. La menor sufrió trastorno por estrés postraumático y trastorno adaptativo

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  • Tribunales -

Un hombre de 28 años ha sido condenado por la Audiencia de Alicante a dos años y medio de prisión por abusar sexualmente de forma continuada de su prima, menor de edad, en los periodos de vacaciones de verano y de Navidad en el que sus familias compartían días de ocio en el domicilio de sus abuelos en Pego (Alicante).

Los episodios de abusos sucedieron en el verano de 2013 y el de 2014, cuando el joven tenía 19 años y la víctima, 7, recoge la sentencia, que considera probado que el acusado aprovechó "la confianza y respeto" que le tenía su prima para convencerla de que se desnudase, para "frotar sus genitales con los de ella", acariciarla y besarla, "conminándola a que guardara el secreto".

La menor contó lo sucedido a sus padres en julio de 2014, cuando se enteró de que el acusado volvería a acudir a la vivienda de sus abuelos y rompió a llorar por el nerviosismo que le provocaba esa situación.

Desde entonces, siguió tratamiento de psicoterapia, con diagnóstico de trastorno por estrés postraumático y trastorno adaptativo con estado de ánimo depresivo, y los padres acabaron denunciando los hechos en 2018.

La sentencia confiere credibilidad al relato de la menor en base a la exploración psicológica del informe pericial y calibrar que sus explicaciones fueron detalladas y coherentes, sin lagunas esenciales. Además, la sentencia incide en que no concurre ánimo de perjudicar al acusado ni por parte de la menor, ni de sus padres, por su estrecha relación que mantiene toda la familia.

Asimismo, también tiene en cuenta el relato de la madre de la víctima, quien sostiene que mantuvo una actitud vigilante respecto al comportamiento de su sobrino después de que su hija menor, de 4 años, le refiriese que su primo también le había enseñado los genitales a ella en uno de esos periodos de convivencia.

La sentencia considera al procesado responsable de un delito continuado de abuso sexual con la agravante de prevalimiento y le impone la pena de dos años y medio de cárcel, además de la prohibición de aproximarse a la víctima durante siete años y medio.

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