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Irlanda, condenada por impedir un aborto

La Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenó ayer a Irlanda a indemnizar con 15.000 euros a una mujer a la que no se permitió abortar en su país, a pesar de que su vida corría peligro.

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La Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenó ayer a Irlanda a indemnizar con 15.000 euros a una mujer a la que no se permitió abortar en su país, a pesar de que su vida corría peligro.

La sentencia indica que no se explicó a la mujer si se daban las condiciones para abortar en su país -lo hizo finalmente en el Reino Unido- y que, por ello, las autoridades “ignoraron” su obligación de garantizarle el respeto a “su vida privada”.


La legislación irlandesa sólo permite interrumpir la gestación en tres supuestos: cáncer de útero, embarazo extrauterino y preeclampsia (hipertensión inducida en el embarazo).

La mujer se había sometido a un tratamiento contra un cáncer que incluía pruebas médicas que eran incompatibles con un embarazo.

La afectada -C. en la sentencia, para mantener su anonimato- se quejó en su demanda de que ningún médico le había advertido de los posibles riesgos que corrían su vida y la del feto.

La demandante solicitó al Tribunal de Estrasburgo una indemnización de 1.500 euros para hacer frente a los gastos clínicos del aborto y 40.000 euros por daños morales por parte de los médicos irlandeses.e

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