El tiempo en: Rota

Jerez

El INE establece una nueva fórmula para empadronar a menores en el Ayuntamiento

Hasta el momento, sólo era necesaria la firma del padre o de la madre en el documento de inscripción en el padrón

Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai Publicidad AiPublicidad Ai Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
El Consejo de Empadronamiento, organismo dependiente del Instituto Nacional de Estadística (INE), ha comunicado al Ayuntamiento el establecimiento de una nueva fórmula que marcará el procedimiento de actuación ante el empadronamiento de menores no emancipados con uno solo de los progenitores, según ha informado la concejala delegada de Estadística, Maribel Álvarez.

Esta modificación del procedimiento se lleva a cabo en virtud de los cambios recogidos en el Código Civil dirigidos a salvaguardar a los menores de situaciones de posible sustracción por parte de sus propios progenitores. Hasta el momento, sólo era necesaria la firma del padre o de la madre en el documento de inscripción en el padrón.

Con este cambio y como regla general, junto con la cumplimentación de la hoja padronal o formularios para que se notifiquen al Ayuntamiento los datos de la inscripción, y la aportación del Libro de Familia para reputar válida la representación de los hijos menores, se debe exigir la firma de ambos progenitores para la inscripción o cambio de domicilio de los menores, siempre y cuando la guardia y custodia del menor no esté confiada en exclusiva al progenitor que realiza la solicitud.

Cuando excepcionalmente no se disponga de la firma de los padres deberá aportarse una declaración responsable del progenitor que realiza la solicitud de tener la guardia y custodia del menor y capacidad legal suficiente para hacer la inscripción; o el cambio de domicilio en el padrón municipal, así como de no encontrarse incurso en alguno de los supuestos de hecho previstos en los artículos 103.1.c) o 158.3.c) del Código Civil, que recogen el sometimiento a la autoridad judicial previa de cualquier cambio de domicilio del menor, documento éste que será facilitado por el Ayuntamiento.

Álvarez ha indicado que esta modificación del proceso “cobra especial importancia puesto que el próximo mes de marzo se abre el plazo de matriculación de menores en centros escolares, siendo éste uno de los momentos de mayor tramitación de este tipo de documentos”.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN