El tiempo en: Rota
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Sevilla

Condenado por tirar piedras contra la basílica de la Macarena

Uno de los hechos tuvo lugar sobre las 5,00 horas del día 30 de enero de 2011, cuando el condenado lanzó piedras contra la basílica de la Macarena, causando unos desperfectos que ascendieron a 637 euros

Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai

El Juzgado de lo Penal número 2 de Sevilla ha condenado a un hombre de 61 años a seis meses de prisión por arrojar piedras contra la basílica de la Esperanza Macarena y contra la parroquia de Omnium Sanctorum, ambas declaradas Monumento Nacional y Bien de Interés Cultural.

   En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el Juzgado de lo Penal número 2 condena a A.M.R. por un delito contra el patrimonio histórico a seis meses de prisión, el pago de una multa de 360 euros y a indemnizar con 1.954 euros a la parroquia de Omnium Sanctorum por los daños que causó.

   Uno de los hechos tuvo lugar sobre las 5,00 horas del día 30 de enero de 2011, cuando el condenado lanzó piedras contra la basílica de la Macarena, causando unos desperfectos que ascendieron a 637 euros.

   Por otra parte, el segundo hecho se produjo el 9 de febrero de 2011 en la parroquia de Omnium Sanctorium, donde A.M.R. lanzó piedras sobre la fachada de la iglesia y ocasionó unos daños cuyo importe ascendió a 1.954 euros.

   Según la sentencia, el acusado, en los momentos en los que se produjeron los incidentes, "sufría de esquizofrenia residual y trastorno de la conducta agravado por el consumo de alcohol y estupefacientes, que mermaba sin suprimir totalmente su capacidad intelectiva y volitiva", por lo que le aplica la eximente incompleta de alteración psíquica.

   En su declaración, el acusado "no admitió haber causado daño alguno" ni tampoco "llegó a negar los hechos, limitándose a decir que no recordaba haber hecho aquello que se le imputaba, lo cual dista mucho de ser una negación categórica".

   Asimismo, la narración de los testigos "es clara, precisa y contundente, sin que en el relato presentado se encuentre sombra de duda o contradicción, afirmándose de modo rotundo tanto los daños, que además están peritados, como la autoría".

   La sentencia recalca que los hechos se llevaron a cabo "de manera intencionada".

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN