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Sevilla

Absueltos dos hombres acusados de abusar sexualmente de una menor de 15 años

La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla ha absuelto a dos hombres acusados de abusar sexualmente de una menor de 15 años de edad con una discapacidad por retraso madurativo después de que la propia Fiscalía retirara la acusación en el acto del juicio oral

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La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla ha absuelto a dos hombres acusados de abusar sexualmente de una menor de 15 años de edad con una discapacidad por retraso madurativo después de que la propia Fiscalía retirara la acusación en el acto del juicio oral.

   En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Audiencia Provincial considera probado que uno de los acusados mantuvo con la menor de edad en los meses de enero y febrero de 2014 relaciones sexuales "completas" y "consentidas" por ambos.

   En esas fechas, este acusado contaba con 21 años y la menor con 15 años, según pone de manifiesto el tribunal, que agrega que el segundo de los investigados "no ha mantenido en ningún momento relación sexual de cualquier clase" con la presunta víctima.

   La menor padecía una discapacidad por retraso madurativo "que no es apreciable a simple vista", no teniendo manifestación física o psíquica alguna "aparente" y habiendo cursado hasta Segundo de ESO.
"LLENA DE LAGUNAS"

   En el juicio, celebrado el pasado mes de febrero, la Fiscalía --única parte acusadora-- retiró la acusación contra ambos imputados, algo que "sin duda se ha fundamentado" en la prueba testifical practicada, "de la que se infiere" que la menor y uno de los acusados "en momento alguno han mantenido relaciones sexuales", mientras que las relaciones mantenidas con el segundo de los imputados "eran consentidas".

   Por otra parte, la Audiencia pone de manifiesto que la versión inculpatoria de la menor, "llena de lagunas, contradicciones e inexactitudes, ha impedido a los profesionales" del Equipo de Evaluación e Investigación de Casos de Abuso Sexual (Eicas) emitir un diagnóstico "fiable" en relación con la credibilidad de su testimonio.

   A ello se suma, según expone el tribunal, que la discapacidad de la menor de edad "no se ha acreditado" por informe médico que la corrobore, "si bien no es apreciable ni física ni psíquicamente por un neófito en la materia por tratarse de un trastorno madurativo".

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