El tiempo en: Rota
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Arcos

Ya es posible legalizar viviendas irregulares

"Poder escriturar una vivienda es parte del derecho constitucional a tener una casa digna"

Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
Publicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai Publicidad Ai

Hace algunos años, en 2012, el Gobierno andaluz aprobó un decreto para regularizar la situación de más de250.000 viviendas ilegales en nuestra comunidad. Pero la norma dejó fuera otros muchos miles de casas levantadas sobre parcelaciones en suelos no urbanizables.
Quienes tienen una vivienda edificada en suelo no urbanizable habrán recibido con alegría la noticia de la Ley que ha aprobado el Parlamento andaluz este verano. A partir del mes de agosto de 2016, buena parte de esas viviendas construidas en Andalucía sobre suelo no urbanizable podrá legalizarse.

Durante muchos años se construyeron gran cantidad de casas sobre parcelaciones urbanísticas que no tenían la condición de asentamiento urbanístico, por lo que era imposible para sus propietarios, hasta ahora, legalizarlas.

En nuestras provincias hay miles de viviendas edificadas al margen de la ordenación urbanística. Sobre todo abundan en Málaga y Cádiz, pero en cualquier rincón de la geografía andaluza se pueden encontrar.

El 1 de agosto de 2016 el Parlamento autonómico aprobó la Ley 6/2016, publicada en el BOJA de 5 de agosto de 2016 que introduce una gran novedad positiva en nuestra legislación urbanística. Desde su entrada en vigor, los dueños de edificaciones aisladas de uso residencial situadas en una parcelación urbanística en suelo no urbanizable, una vez transcurrido el plazo de seis años desde su terminación, pueden pedir para sus viviendas el reconocimiento del régimen jurídico que se aplica a las edificaciones que están fuera de ordenación y, por tanto, podrán legalizarlas y escriturarlas. Es posible legalizar viviendas que, además de tener más de seis años de antigüedad, no estén situadas en zonas inundables o declaradas por la Junta como de especial proteccióno afecte a zonas de influencia del litoral y que no estén afectadas por expedientes administrativos de demolición.

Poder escriturar una vivienda es parte del derecho constitucional a tener una casa digna. La reforma legislativa es buena porque pone fin a un problema que afecta a muchas familias. Con la nueva modificación, estas viviendas hasta ahora ilegales, podrán escriturarse, ser inscritas en el Registro de la Propiedad y acceder a los servicios básicos de luz y agua. Hay muchas razones por las que conviene escriturar las casas. El hecho de tener escrituras de una vivienda evita litigios futuros, da certidumbre al dueño sobre su propiedad y facilita la prueba de su adquisición en un momento posterior, además de que abre las puertas al Registro de la Propiedad. A diferencia de la escritura, que es la que determina la adquisición de la propiedad, la inscripción en el Registro no la atribuye, pero es un instrumento muy adecuado para proteger la propiedad ya adquirida. Para pedir un préstamo hipotecario utilizando como garantía una vivienda, es necesario que esté inscrita en el Registro de la Propiedad. Una vez que se haya escriturado y registrado una vivienda, el dueño tiene la plena seguridad y garantía de que la vivienda le pertenece en propiedad y ninguna otra persona podrá reclamarla.

Esta ley no supone una amnistía a todas las viviendas ilegales construidas en el campo, ni un aval para el urbanismo salvaje, porque los propietarios de estas construcciones deberánadoptar algunas medidas correctoras urgentes para eliminar los impactos paisajísticos o ambientales que pudieran haberse producido.

Si Vd. tiene una vivienda levantada en suelo no urbanizable, ahora cuenta con una gran oportunidad para regularizarla. Quienes nos dedicamos al derecho inmobiliario estaremos encantados de estudiar su caso y asesorarle con lealtad y rigor.
                  
garcia-berbel@icam.es

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN