El tiempo en: Rota

Jerez

El TSJA dispara el importe de las indemnizaciones por el ERE

Algún extrabajador municipal deberá percibir casi 180.000 euros

Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai Publicidad Ai
Publicidad Ai Publicidad Ai
Publicidad Ai

Los afectados por el ERE municipal han perdido ya toda esperanza de que algunos de sus recursos puedan prosperar en el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), toda vez que la totalidad de las resoluciones dictadas hasta la fecha rechazan la nulidad de los despidos, que se consideran improcedentes.

Esta circunstancia tiene dos consecuencias. De un lado, los afectados no van a lograr el objetivo de recuperar sus empleos; pero de otra parte el hecho de que los despidos pasen de procedentes a improcedentes implica también un aumento notable del importe de las oportunas indemnizaciones.

Con carácter general, los extrabajadores municipales fueron despedidos con una indemnización de 20 días por año trabajado, con un máximo de doce mensualidades. Al decretarse la improcedencia de los despidos, las indemnizaciones deben ser de 45 días por año trabajado y con un máximo de 42 cuotas.

En el caso de los trabajadores que habían prestado por más tiempo sus servicios al Ayuntamiento estas sentencias implican un aumento muy considerable de las indemnizaciones. Así, este medio ha podido saber que algunos despedidos con salarios elevados próximos a su jubilación que habían desarrollado buena parte de su actividad profesional en el Consistorio van a percibir cantidades próximas a los 180.000 euros.

Hasta la fecha se han resuelto ya alrededor de 80 de los 116 recursos presentados. Las sentencias son “un corta y pega”, según los afectados, que lamentan que el TSJA no esté tomando en consideración la singularidad de cada caso. Hay señalamientos previstos hasta este próximo mes de enero, pero la esperanza de que en algún caso se declare la nulidad de algún despido parece haberse desvanecido. No en vano, algunos afectados habían argumentado motivaciones políticas en sus despidos, pero ni siquiera estas consideraciones han sido tenidas en cuenta por el TSJA.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN