El tiempo en: Rota
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Huelva

Absueltos los hinchas del Recre y Alavés tras la pelea de 2014

Por una pelea multitudinaria que se originó en los alrededores del estadio del equipo onubense el 20 de abril de 2014, donde se lanzaron objetos

Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
  • Palacio de Justicia de Huelva -

El Juzgado de lo Penal número 4 de Huelva ha absuelto a los 28 hinchas del Recreativo de Huelva y del Deportivo del Alavés de los delitos de participación de riña tumultaria, de lesiones y de lesiones en grado de tentativa al considerar que no se ha acreditado "en modo alguno que ninguno de ellos tuviese intervención activa" en una pelea multitudinaria que se originó en los alrededores del estadio del equipo onubense el 20 de abril de 2014, donde se lanzaron objetos como piedras, ladrillos o botellas.

Durante su declaración en el juicio, celebrado a mediados de diciembre, los acusados reconocieron que estuvieron allí pero negaron su participación, así como el lanzamiento de objetos de ningún tipo.

Según reza en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el juez asegura que, aplicando el principio de presunción de inocencia y ante "la falta de una prueba de cargo contundente que pueda acreditar la
participación de los acusados en la riña", los absuelve de los citados delitos.

El juez considera probado que los seguidores de ambos equipos estuvieron en el lugar donde se originó la trifulca aquel día, que obligó a una intensa intervención policial a cargo del Cuerpo Nacional de Policía para poner fin al incidente, que provocó que cuatro de ellos resultaran heridos.

Cabe destacar que nueve de ellos cuentan con antecedentes penales por hurto, lesiones, conducción sin permiso y bajo la influencia de bebidas alcohólicas, por desórdenes públicos y de atentado.

No obstante, el juez entiende que con la prueba videográfica practicada en juicio y el atestado policial, que identifican a algunos, "no se puede deducir que los acusados tuvieran una participación en la riña".

Respecto a los que no han sido identificados, el juez señala que es "evidente que el simple hecho de encontrarse en el lugar no supone la
participación en la pelea, por lo que las personas no identificadas en las fotografías y vídeos no pueden ser condenadas en modo alguno, al no
haberse acreditado su participación en la trifulca".

Por otro lado, sobre los dos reconocidos por la Policía, entienden que carece de "garantía alguna sobre la veracidad de tal identificación, al haber negado en el acto del juicio ser las personas que aparecen en dichas imágenes, y no observando otras pruebas que ofrezcan la seguridad que una condena en Derecho Penal precisa".

A su vez, ninguno de los seguidores del Recreativo de Huelva pudo ser identificados en el lugar de los hechos, ya que al llegar los agentes de Policía Nacional todos salieron corriendo del lugar.

Por último, el juez insiste en que "habiendo negado todos los acusados del grupo de seguidores del Recreativo de Huelva su intervención en la trifulca y habiendo señalado todos ellos que se mantuvieron a cierta distancia y que sólo intentaron mediar para detener la pelea, entender que dichos acusados tuvieron participación en la riña se antoja poco menos que como un acto de fe" para con las palabras de uno de los agentes que declaró durante el juicio, el cual manifestó que los identificó porque se llevó varios años trabajando en la unidad destinada a la seguridad en el estadio y los conoce bien.

CREÍAN QUE ERAN "LAS VÍCTIMAS"

Durante el juicio, los seguidores del Alavés coincidieron en señalar que cuando estaban en los alrededores del campo de fútbol vieron aparecer a un grupo de unas 40 personas, que posteriormente les "lanzaron los objetos", pero que siempre pesaron que ellos "eran las víctimas" cuando la Policía indentificó a algunos de ellos de "manera aleatoria".

Los demás aseguraron que no fueron identificados, sino que acudieron ellos, con posterioridad, a la Comisaría para colaborar, así como que ninguno de ellos fue sometido a una rueda de reconocimiento para determinar su participación en la pelea.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN