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Sevilla

Campaña para prevenir agresiones sexuales en centros deportivos

El objetivo del protocolo es evitar casos como el de la persona condenada por agresiones sexuales a menores en un club deportivo

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  • IMD -

El Instituto Municipal de Deportes (IMD) pondrá en marcha una campaña de divulgación e información del nuevo protocolo para prevenir y evitar agresiones de carácter sexual en centros deportivos, tal y como se aprobó por unanimidad en el Pleno del Ayuntamiento. El objetivo de estas normas, que incluyen medidas de control, restricciones y acciones de sensibilización y concienciación, es evitar que se produzcan en instalaciones deportivas municipales casos como el recogido en la sentencia de la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla que condena a una persona que realizaba labores de entrenador y preparador físico por un caso de agresiones sexuales a menores.   

En este sentido, desde el IMD se ha recordado el trabajo que se viene realizando para evitar este tipo de situaciones a través de la aprobación en el Pleno Municipal de diciembre de 2018 del nuevo Reglamento de Régimen Interno de las instalaciones deportivas que incorpora por primera vez dos protocolos centrados en la prevención, detección y actuación para evitar casos de acoso y abuso sexual a menores y a mujeres, y que tienen como base el anexo específico sobre este tipo de situaciones que se incluyó en enero de 2017 y que también contempla medidas preventivas y protocolos de actuación ante violencias machistas. 

A través de estas medidas, todas las entidades concesionarias de los centros deportivos deben requerir la presentación de un certificado de antecedentes penales de delitos de naturaleza sexual de cualquier persona que participe en programas deportivos, especialmente aquellos con presencia de menores.

Los dos protocolos fijan como medidas estables la prohibición del cierre de los locales o espacios y equipamientos con llave durante su uso. Tampoco se podrán usar los vestuarios con posterioridad a la actividad deportiva salvo por el personal autorizado. Todas las reuniones que se produzcan con menores de 16 años deberán mantener la presencia de otra persona adulta además de los responsables de la actividad, de forma que sea siempre obligatoria la presencia de al menos dos adultos en las actividades, evitándose situaciones a solas. En los casos de menores de 8 años, los cambios de ropa deberán realizarse por los padres. La misma limitación se establece en el uso de los botiquines dado que las curas deberán realizarse con presencia de al menos dos personas mayores de 18 años.

Además de todas estas medidas de prevención y detección se establecen protocolos muy claros que se han difundido en todos los centros deportivos en caso de que se detecten casos de maltrato infantil o violencia machista, con la premisa de que la denuncia rápida permita una intervención más efectiva por parte de la Policía. Los protocolos definen la puesta en conocimiento de los responsables de la entidad usuaria de los hechos para, a continuación, dirigirse a la autoridad competente (Juzgado, Fiscalía de Menores o Cuerpos y Fuerzas de Seguridad). Se evitará de inmediato cualquier contacto entre la persona denunciante y el denunciado y se establecerán medidas cautelares como la prohibición provisional del denunciado en las instalaciones. Se garantizará en cualquier caso el derecho del denunciante a seguir usando las instalaciones sin temor a contacto con el entorno del agresor.

Del mismo modo, se establecen medidas que protejan el uso y protección de la imagen de los usuarios y especialmente de los menores y las mujeres. Con carácter general, queda prohibido  tomar fotografías o secuencias vídeo-gráficas sin consentimiento expreso del IMD y de las personas que aparezcan en ellas. Esta restricción se completa con la prohibición expresa del uso de cualquier dispositivo de grabación en los vestuarios.

El nuevo reglamento, además de estos dos protocolos, actualiza una normativa que llevaba 19 años sin una actualización, y que regula los derechos de las personas usuarias, la adecuada ordenación de la convivencia y uso de las instalaciones municipales, y el uso adecuado de las instalaciones, equipamientos y mobiliario urbano.

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