El tiempo en: Rota
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Alcalá la Real

Aprobada ordenanza para el Centro de Recogida y Depósito de Animales

Se han establecido las tasas por captura, transporte, estancia, atención sanitaria, entrega en adopción y, en su caso, sacrificio de los animales

Publicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai Publicidad Ai Publicidad AiPublicidad Ai

El pleno celebrado este martes, 20 de febrero, aprobaba, con el apoyo del PSOE y PP, y la abstención de Izquierda unida, las tasas para la prestación de servicios en el Centro de Recogida y Depósito de Animales de Compañía Abandonas y/o Perdidos (CRDA). El objeto de la presente Ordenanza es establecer las tasas por la captura, transporte, estancia, atención sanitaria, entrega en adopción  y en su caso, sacrificio de los animales que no se sometan a lo dispuesto en las normas sanitarias vigentes u ordenanzas municipales. Los animales a los que se aplicaran las presentes tasas son todos aquellos,  se encuentren o no identificados tal y como se establece en las normas legales vigentes, autonómicas o estatales. 

Los tipos de gravamen, o cuotas a satisfacer, serán los siguientes: por cada captura de un animal identificado: 31,55 €; por cada Kilómetro recorrido en el trayecto de captura o entrega de un animal de compañía abandonado o perdido, considerando ida y vuelta al origen en el CRDA: 0,19 €; por la inscripción a nombre de un nuevo titular, por cada animal: 18,03 €; por cada día de permanencia en el CRDA de cualquier especie animal, cedida o capturada por el Servicio de Recogida: 12,65 €; por la observación facultativa de cualquier especie animal, tras la mordedura a una persona para detectar tempranamente zoonosis transmisibles a la especie humana: 28,90 €; por la entrega en adopción de un animal abandonado o perdido, incluyendo el dispositivo de identificación, la vacunación, desparasitación, castración y pasaporte: 160,00 €; por cada animal sacrificado en el CRDA, de cualquier especie: 31.55 €. Los animales pertenecientes a la fauna salvaje, domésticos o de compañía, que reglamentariamente se determinen como potencialmente peligrosos, se gravaran con un 50 % más sobre los importes establecidos

 


 

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN