La Audiencia Nacional ha descartado la suspensión cautelar del impuesto a la banca tras rechazar los recursos presentados por Bankinter, Kutxabank -a través de su filial Cajasur- y Sabadell, al entender que no les causa un perjuicio grave ni pone en peligro su supervivencia.
Según han confirmado a EFE fuentes judiciales, los magistrados de la sala de lo contencioso se han limitado a rechazar la suspensión cautelar, sin entrar en la legalidad de la tasa, y han descartado también elevar esta cuestión al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
La sala considera que rechazar la suspensión no supone un perjuicio irreparable, puesto que en caso de estimarse finalmente el recurso se trataría de una situación perfectamente reversible mediante la devolución de lo pagado con el abono de los intereses preceptivos (llevando a efecto las compensaciones necesarias).
La orden ministerial, aprobada a comienzos del pasado mes de febrero, supone para las entidades financieras cuyos intereses y comisiones superaran los 800 millones en 2019 pagar un tipo del 4,8 % de la suma de ingresos netos por intereses y comisiones.
Con ello, el Gobierno confiaba ingresar por esta vía 1.500 millones anuales, o sea, 3.000 millones entre 2023 y 2024, si bien las modificaciones sufridas por la norma durante su tramitación parlamentaria han reducido estas cantidades, cuyo segundo pago debe hacerse este mes.
El impuesto, que afecta también a las grandes empresas energéticas, también fue recurrido por las patronales bancarias AEB y CECA; además la Sala ya se pronunció en contra de la pretensión de Repsol de suspender cautelarmente la tasa.