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Por qué Andalucía debe prohibir el consumo de bebidas energéticas a los menores de edad

La comunidad científica respalda la decisión de Galicia de poner fin a la venta de bebidas estimulantes entre los adolescentes 

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El reciente anuncio de la Xunta de Galicia, que prepara una ley para equiparar las bebidas energéticas al alcohol y prohibir tanto la venta como su consumo a los menores de edad, cuenta con el total respaldo de la comunidad científica. 

ANDALUCÍA INFORMACIÓN ha contactado con miembros del comité científico de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN), que en 2022 elaboró un informe sobre los riesgos asociados al consumo de bebidas energéticas y califican de “muy importante” el paso dado por la Xunta de Galicia. Además, Aragón, Baleares, Castilla-La Mancha, Navarra y el País Vasco son las autonomías en las que sus gobiernos regionales prevén estudiar la regulación de estas bebidas, aunque hay comunidades como Castilla y León y la Comunidad Valenciana donde ya se ha comenzado a abordar esta cuestión. Andalucía, por ahora, no está entre ellas.

Sanidad también está a favor de limitar el acceso y su consumo a los menores de edad, pero señala que esa competencia la tiene AESAN, que depende del Ministerio de Consumo, y que ya ha fijado su posición en este asunto. Por su parte, la Asociación Española de Pediatría asegura que las bebidas energéticas con grandes dosis de cafeína y azúcares, "no deben ser consumidas en la edad pediátrica".


El informe de AESAN recuerda que, de media, una lata de una bebida energética de 330 ml contiene 105,6 miligramos de cafeína por lata, lo que equivale a 1,3 cafés expreso. "A partir de 160 miligramos de cafeína (500 mililitros de una bebida energética con 32 mg de cafeína/100ml), puede provocar efectos adversos generales para la salud: efectos psicológicos y alteraciones comportamentales y trastornos cardiovasculares", explica el informe.

María José González Muñoz, catedrática de Toxicología de la Universidad de Alcalá de Henares y miembro del comité científico de AESAN, valora muy positivamente la iniciativa que ha partido de Galicia de prohibir la venta de estas bebidas a los adolescentes, y apunta: “La información sobre los riesgos que conllevan su consumo sería fundamental. Es necesario que esta información se difunda en distintos foros (familia, escuela, etc), e incluso a nivel estatal mediante los medios disponibles (campañas, publicidad)”. 

Y es que los efectos que estas bebidas provocan en los menores son muy peligrosos. “Además de las alteraciones del sueño y las posibles implicaciones cardiovasculares, el fracaso escolar asociado al consumo de estas bebidas es altamente preocupante”, explica esta catedrática. 

“Asimismo -añade-, su combinación con el alcohol enmascara la percepción de intoxicación etílica y produce una falsa sensación de seguridad que conduce a los jóvenes a consumir más alcohol y comportarse de forma temeraria: borrachera completamente despierta”.

Por último, María José reconoce que es preocupante cómo la elevada ingesta de azúcar incrementa los riesgos de obesidad, diabetes, caries, enfermedades cardiovasculares y gota.

Esther López García, catedrática de Medicina Preventiva y Salud Pública de la Universidad Autónoma de Madrid, recuerda que en 2019 el grupo de Nutrición de la Sociedad Española de Epidemiología al que pertenece publicó un artículo en el que hacía cinco propuestas que siguen estando vigentes y que se pueden aplicar ahora al consumo de bebidas energéticas. Estos puntos son:

1.- Regulación de la publicidad de alimentos y bebidas no saludables dirigidas a menores por todos los medios.

2.- Promoción de una oferta 100% saludable en máquinas expendedoras de centros educativos, sanitarios y deportivos.

3.- Implantación de un impuesto, al menos del 20%, a las bebidas azucaradas.

4.- Aplicación de un etiquetado frontal interpretativo.

5.- Reformulación de los productos procesados para hacerlos más saludables.

Otra cuestión ahora es cómo se legisla esta prohibición, inédita hasta el momento en España. Desde AESAN apuntan que las prohibiciones de venta de alimentos están reguladas por una directiva europea (UE 2015/1535) que desarrolla un mecanismo por el cual todos los estados miembros deben notificar a la Comisión todos los proyectos legislativos de este tipo.

“El objetivo de esta medida es que otros estados puedan hacer observaciones y así no se dificulte la libre circulación de mercancías”, apunta Esther López.

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