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Primeros pasos para el Registro Municipal de VPO

Sustituirá al modelo tradicional de la Junta de Andalucía de sorteo de viviendas protegidas

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  • Josefa Caro explicó el funcionamiento del Registro Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida. -
Alcaldes de la provincia se reunieron en la capital con representantes de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio para abundar en la creación del Registro Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida, con lo cual se pretende dar respuesta a las reivindicaciones vecinales en materia de vivienda.
Se trata de una ocasión que brinda la Junta de Andalucía para proporcionar información sobre la necesidad de vivienda en el municipio de cara a la elaboración de un plan municipal. Con ello se trabaja además en un mecanismo para la adjudicación de este bien.
La Junta prepara por su parte un programa informático que pondrá a disposición de los municipios. Con ello, el Ayuntamiento obtendrá un registro “real” de demandantes, según avanzó la alcaldesa de la ciudad, Josefa Caro, quien dijo esperar que “con esta herramienta las adjudicaciones sean, si cabe, más justas”.
Cada municipio creará su propio registro, recayendo el trabajo de coordinación en la Junta de Andalucía. Se trata de crear una base de datos que se actualice permanentemente, recogiendo los datos de los demandantes.
Quienes aspiren a una vivienda protegida deberán acudir al Ayuntamiento a título particular, como unidad familiar o unidad de convivencia. Cuando se adjudique la vivienda deberá coincidir forzosamente con la inscripción previamente registrada. La solicitud deberá contemplar cuantos requisitos aparezcan en la orden oficial correspondiente por parte de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio.
La inscripción se practicará una vez que el Ayuntamiento verifique que la documentación presentada es la correcta.
Los demandantes estarán obligados a modificar sus datos en el registro si es preciso, “para que no se fosilice y sea dinámico”, expresó la alcaldesa para avisar de que quien no cumpla este requisito puede perder su antigüedad en el registro, el cual vendrá a sustituir el tradicional sorteo de viviendas.
La inscripción en el registro tiene una validez de tres años, aunque se podrá ir renovando a instancias del propio demandante, que también podrá renunciar voluntariamente si es su deseo. También podrá causar baja si accede a una vivienda protegida en otro municipio distinto al de su origen.
La gestión del registro será gratuita, y la adjudicación de viviendas correrá a cargo de las personas responsables de ese servicio de registro. El sistema de adjudicación quedará contemplado en unas bases que serán aprobadas en relación a la antigüedad, baremación y requisitos exigidos.
En el plazo de 30 días, el registro comunicará al promotor de las viviendas el nombre de las personas adjudicatarias para que empiece la obra en base a los criterios anteriormente señalados. El registro deberá certificar que el demandante cumple con los requisitos que les permita el acceso a la vivienda de protección.
Se puede dar el caso de necesidad de realojo temporal o permanente por una actuación de rehabilitación u otra. Será un aspecto tenido en cuenta por el registro, como también se tendrá en cuenta de forma prioritaria a las familias en riesgo de exclusión social. Las cooperativas de vivienda protegida también quedarán sujetas al procedimiento establecido en la orden oficial. Así las cosas, a partir del 26 de diciembre próximo todas las adjudicaciones de vivienda pasarán por este registro municipal, que para entonces debe estar resuelto.

Algunos de los requisitos que habrá que reunir

El solicitante quedará clasificado por grupos de acceso, formados en base a los ingresos económicos, a un posible grado de discapacidad, etc. Además, deberá acreditar que no tiene otra vivienda en propiedad, además de presentar sus datos personales. También deberá presentar el modelo de vivienda que requiere para sus necesidades familiares o de adaptación llegado el caso. Las personas víctimas de violencia de género, terrorismo, emigrantes retornados, etc. quedarán exentas de determinados requisitos. El promotor que construya las viviendas de protección deberá tener en cuenta el registro para seguir un orden conforme a la demanda establecida.

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