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Andalucía

42 ayuntamientos andaluces pueden adherirse al Fondo de Ordenación

Gracias a cumplir los requisitos exigidos para este ejercicio, toda vez que 20 corporaciones locales se adhirieron el año anterior y pueden volver a hacerlo

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  • Fernando Rodríguez Villalobos. -

El presidente de la Federación Andaluza de Municipios y Provincias (FAMP), Fernando Rodríguez Villalobos, se ha "mostrado muy satisfecho" ante resolución del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas que determina que 42 municipios andaluces pueden solicitar su adhesión al compartimento Fondo de Ordenación, al cumplir los requisitos exigidos para este ejercicio, toda vez que 20 corporaciones locales ya se adhirieron el año anterior y pueden volver a hacerlo este año porque "han hecho los deberes".

En el plazo de un mes desde la publicación de la resolución en el BOE el pasado 30 de julio, según Villalobos, el municipio debe presentar la solicitud de adhesión al Ministerio de Hacienda en la que se especificarán las necesidades financieras del ejercicio. La solicitud debe aprobarse por el Pleno y acompañarse de un plan de ajuste. Dicho plazo se podrá ampliar en 15 días adicionales, como se indica en la Resolución de 26 de julio de 2018. La aplicación de captura estará disponible desde el 30 de julio y hasta el día 14 de septiembre, con la ampliación citada.

Rodríguez Villalobos ha manifestado que "en relación" con la necesidad de presentación de las solicitudes de adhesión, "es preciso distinguir aquellos ayuntamientos que no se hubieran adherido en años anteriores al Fondo de Ordenación o que ya se hubiesen adherido en años anteriores al Fondo de Ordenación y quisieran incluir nuevas operaciones".

En el plazo de dos meses desde la finalización del plazo anterior, la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local valorará el plan de ajuste presentado por cada ayuntamiento adherido y notificará la resolución de aceptación de adhesión, en su caso.

En 2019, el ICO formalizará los préstamos a suscribir con las Entidades Locales a propuesta del Ministerio de Hacienda. Formalizados los préstamos, los ayuntamientos deberán acceder a la aplicación que estará disponible en la Oficina Virtual para la Coordinación Financiera con las Entidades Locales, en la página web del Ministerio de Hacienda, para cumplimentar las órdenes de pago para atender las necesidades financieras.

Para los ayuntamientos que no puedan refinanciar en condiciones de prudencia financiera y que no se hayan adherido al compartimento Fondo de Ordenación en años anteriores, el RDL 17/2014 (en su artículo 41.2) establece que las Entidades Locales, en el mes de julio de cada año, podrán presentar su solicitud al Ministerio de Hacienda.

Los ayuntamientos que se hayan adherido al compartimento Fondo de Ordenación en años anteriores, aún cuando en la actualidad tengan la totalidad de sus préstamos en condiciones de prudencia financiera, podrán solicitar vencimientos de nuevas operaciones aunque cumplan con dichas condiciones, en tanto ya se produjo aquella adhesión, la cual debe mantenerse. En ambos casos, se tendrá que presentar el plan de ajuste con arreglo a lo dispuesto en el artículo 46 del RDL 17/2014.

Los municipios podrán solicitar la adhesión al compartimento Fondo de Impulso Económico, publicándose la relación de entidades en la Oficina Virtual para la Coordinación Financiera con las Entidades Locales, estando disponible desde el día 30 de julio.

El ayuntamiento dispondrá de un plazo que se inicia el día 30 de julio y concluiría el próximo día 14 de septiembre, para presentar la solicitud de adhesión al Ministerio de Hacienda en la que se especificará las necesidades financieras del ejercicio sin que proceda la aprobación de un plan de ajuste.

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