El obispo de Diócesis de Cádiz y Ceuta, Rafael Zornoza, ha afirmado este miércoles que le ha dado "mucha alegría" la "primera" sentencia al exdirector del colegio Salesianos en Cádiz, por el que la Audiencia Provincial lo ha absuelto de los delitos continuados de abusos sexuales, así como de los once delitos contra la integridad moral. Asimismo, ha pedido que se respete la presunción de inocencia.
En rueda de prensa, Zornoza ha señalado que hasta el momento no se había pronunciado porque ha querido guardar "respeto" a los salesianos y al proceso judicial. Así, ha recordado que aunque ha habido una primera sentencia de la Audiencia Provincial, "todavía está sub júdice porque está apelado al Supremo".
En este sentido, el obispo ha manifestado que a falta de una sentencia firme, "esta primera sentencia me ha dado mucha alegría" y ha añadido que le gustaría que saliese absuelto, así como "que se respete la presunción de inocencia mientras dura este proceso".
Cabe recordar que la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cádiz absolvió al exdirector del colegio Salesianos en Cádiz, F.J.L.L., de los delitos continuados de abusos sexuales, dos sobre menores de 13 y nueve sobre mayores de esa edad, así como de los once delitos contra la integridad moral que, con carácter alternativo a los anteriores, se le imputaban y por los que fue juzgado entre el pasado 5 y 19 de mayo.
Según consta en la sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, los magistrados consideraron que en algunos de los hechos examinados hay vejaciones, pero no se aprecia un ánimo libidinoso de abuso sexual, ni acciones objetivamente con una entidad de abuso sexual, en las que, frente a las imputaciones concretas que se presentan, hay un margen de duda de que inequívocamente haya una connotación sexual.
La sentencia --que cuenta con el voto particular de una magistrada que considera que el procesado debe ser condenado por los delitos de abusos sexuales-- señala que se le absuelve por las faltas de vejaciones leves de las que es autor material y directo, alguna con carácter continuado, al quedar despenalizadas tras la entrada en vigor de la L.O. 1/2015 de 30 de marzo.
Igualmente, se le absuelve de las 15 faltas continuadas de lesiones o de malos tratos de obra que se le imputan, si bien, por aplicación de la Disposición Transitoria cuarta de la L.O.1/2015 de 30 de Marzo, se le condena, como responsable civil directo, a indemnizar en concepto de daños morales a la cantidad de 500 euros a 12 menores.