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El PA solicita al alcalde de La Línea la repetición del último pleno

Critica que no se tomaron medidas ante las alteraciones del orden y que se aprobaron los puntos sin debate, pues los ediles del PSOE y PA abanonaron la sala

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  • Ángel Villar, PA -

El concejal del Partido Andalucista en el Ayuntamiento de La Línea, Ángel Villar, ha presentado por Registro de Entrada un escrito en el que se refiere al último pleno ordinario, celebrado la semana pasada.

Recuerda que existió "alteración al orden" y se dirige al alcalde, Juan Franco, apuntando que "no encontró motivo para desalojar el mismo, al igual que tampoco encontró motivo para su suspensión, como tampoco garantizó las condiciones de normalidad para los debates de los puntos del orden del día".

Critica que el regidor "no garantizó el orden ni las condiciones necesarias para la celebración de los debates del orden del día" y que, además, cuando los ediles del PSOE y del PA abandonaron el Salón de Plenos "por ser materialmente imposible oírse unos a otros por el ruido permanente", Franco no diera "ninguna instrucción para evitarlo" y garantizar "el normal desarrollo del pleno".

Acusa al equipo de Gobierno de aprovechar la situación para someter a votación, "sin que nos conste que hubiera debate (cuestión complicada en las circunstancias existentes en esos momentos) los diferentes puntos del Orden del Día y dando por terminado dicho pleno, esquivando así el contestar a cuestiones, emanadas del anterior pleno de 1 de septiembre, relacionadas con los tristemente famosos préstamos del Banco Santander, incluido dar a conocer las respuesta dadas por el Sr. Tesorero, respecto de las cuestiones planteadas por el abajo firmante. Cuestión que usted ordenó hiciera el Sr. Tesorero, por escrito".

Por lo tanto, el edil del PA apunta que "concediéndole el beneficio de la duda, que no pretendiera usted de modo consciente y expreso aprovechar las circunstancias para evitar dar las explicaciones oportunas a que hubiere lugar, le rogamos ordene usted la repetición del pleno del 6 de octubre de 2016, a la mayor brevedad posible, ello previo cumplimiento de los trámites legales preceptivos".

Por otro lado, "y como quiera que al Sr. Tesorero, se le dio un plazo legal de 10 días para formalizar sus respuestas por escrito y, resultando que 35 después, nada se sabe de respuesta alguna, le intereso que proceda usted conforme a ley o, en su caso, nos haga entrega de copia del documento donde se recojan las explicaciones del Sr. Tesorero, en relación con la notificación que hizo el pasado 16 de febrero de 2016, al Banco Santander, del acuerdo plenario de nulidad de los préstamos de fecha 19 de diciembre de 2014".

Por último, solicita al alcalde que "ordene al Sr. Secretario General o, en su defecto, al Sr. Jefe de la asesoría Jurídica Municipal, informe, (del que le solicitamos copia)" sobre varias cuestiones que en el escrito y que reproducimos:

"¿Es cierto que al tratarse de una cuestión (la declaración de nulidad de los préstamos con Banco Santander, aprobada por el Pleno del 19 de diciembre de 2014) iniciada de oficio, y habiendo presentadoBanco Santander el Recurso Potestativo de Reposición, en fecha 17 de marzo de 2016, a fecha 1 de septiembre de 2016, cuando usted lo incluye en el Orden del Día del Pleno, ése recurso ya había sido rechazado por silencio administrativo?
En el supuesto que efectivamente dicho recurso ya estuviese, procesalmente, rechazado por silencio administrativo, puede usted informarnos Sr. Alcalde, ¿por qué, incluyó usted en el Orden del Día del Pleno de 1 de septiembre de 2016, el rechazar un recurso que ya estaba rechazado?
Interesamos también Sr. Alcalde qué, los citados Sr. Secretario General o, en su defecto, al Sr. Jefe de la asesoría Jurídica Municipal, informen sobre:
En el supuesto que el Recurso Potestativo de Reposición, en fecha 17 de marzo de 2016, interpuesto por Banco Santander, contra la declaración de nulidad de los préstamos, acordada por el Pleno de 19 de diciembre de 2014, se entienda que, el 1 de septiembre de 2016, ya había sido procesalmente rechazado por silencio administrativo, ¿La inclusión en el orden del dúa del pleno de 1 de septiembre de 2016 de la propuesta de rechazar dicho recurso es o no un acto administrativo injusto e improcedente?
Igualmente, Sr. Franco, ¿es cierto que al notificar al Banco Santander el acuerdo Plenario rechazando su recurso por extemporáneo,Banco Santander, puede iniciar un procedimiento Contencioso Administrativo, en virtud de ésa notificación?

Así mismo Sr. alcalde, le ruego solicite (y nos dé copia del mismo) informe bien del Sr. Secretario General o alternativamente del Jefe de la Asesoría Jurídica Municipal sobre cuáles son las consecuencias y alcance económico de un resultado favorable a Banco Santander en el procedimiento contencioso administrativo al que ahora sí tiene derecho".

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