El tiempo en: Rota
Publicidad Ai

España

Ruz decidirá la próxima semana cómo proceder con el embargo a Bárcenas

La inclusión de este año en la liquidación efectuada es procedente, según Ruz, "máxime cuando en sus reiteradas declaraciones, el señor Bárcenas afirma, corroborándolo igualmente su mujer, que era él quien gestionaba todos los recursos económicos del matrimonio"

Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai

El  juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz, instructor del "caso Gürtel", decidirá a partir del próximo lunes cómo proceder al embargo de bienes del extesorero del PP Luis Bárcenas después de que haya concluido el plazo de diez días que le dió para depositar una fianza de 43,2 millones de euros en concepto de responsabilidad civil, dirigida a hacer frente a las responsabilidades económicas en las que podría incurrir si es condenado.

   Así lo han señalado fuentes jurídicas que han informado también de la confirmación por parte de Ruz de la fijación de la citada caución tras ser rechazado el curso de reforma en el que la defensa del exsenador popular reprochaba al magistrado un afán de lucro "indebido y desmedido" por la imposición de un recargo de un 25 por ciento de la cantidad defraudada en concepto de intereses.

   En su auto, el juez Central de Instrucción número 5 rechaza todas las alegaciones de la defensa, negando la prescripción de los delitos fiscales imputados a Bárcenas y también la improcedencia de la cantidad correspondiente a 2006, que se le impone como cooperador necesario en el delito fiscal de su esposa, la también imputada en la causa Rosalía Iglesias.

   La inclusión de este año en la liquidación efectuada es procedente, según Ruz, "máxime cuando en sus reiteradas declaraciones, el señor Bárcenas afirma, corroborándolo igualmente su mujer, que era él quien gestionaba todos los recursos económicos del matrimonio".

   El magistrado rechaza acceder a la reducción de la fianza solicitada, lo que había sido solicitado por la defensa de Bárcenas con carácter subsidiario.

   Respecto del recargo por intereses, explica que se ha limitado a hacer suyo el cálculo provisional y cautelar efectuado por Hacienda para la fijación de la fianza, y que responde a los intereses de "asegurar las responsabilidades pecuniarias que, en definitiva puedan declararse competentes".

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN