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¿Qué se puede hacer en Jerez y qué no tras su cierre?

Publicado: 29/10/2020
Intentamos resolver a las dudas que están en la calle a la hora de desplazarse para ir a trabajar, estudiar, comer en restaurantes o moverse por la ciudad
Esta noche ha entrado en vigor el cierre perimetral decretado por la Junta para Andalucía y 450 municipios, entre los que se encuentran Jerez y el resto de localidades del distrito sanitario Jerez-Costa Noroeste (Sanlúcar, Chipiona, Rota y Trebujena) y de la Sierra de Cádiz. Una medida que se prolongará hasta el próximo 9 de noviembre ante la alta incidencia del coronavirus en estas poblaciones. A la espera de que se publique el BOJA, intentamos resolver las cuestiones de las que más se habla en las últimas horas en la calle.

¿Cuándo empieza y cuándo termina el cierre perimetral?

Se hizo efectivo anoche a las doce y tendrá vigencia hasta el próximo día 9 de noviembre, salvo incidencias de urgencia. En función del avance del virus, la Junta podrá suspenderlo, mantenerlo o endurecer las medidas.

¿Puedo ir a trabajar a otro municipio fuera de Jerez?

Claro que sí. Tanto en caso de que el centro de trabajo esté fuera del término municipal, como si los desplazamientos son por motivos laborales, el trabajador no tendrá problema para salir de Jerez, siempre y cuando lleve encima la documentación que acredite la actividad (formulario publicado por el Gobierno con sello de la empresa) y justifique el desplazamiento.

¿Puedo ir a estudiar a la facultad de otra ciudad fuera de Jerez o de la provincia de Cádiz?

Afirmativo, pero siempre con justificante en mano (resguardo de la matrícula u otro certificado similar) que demuestre tu condición de estudiante en la facultad del Campus en el que estés matriculado y documentación personal (DNI) que acredite tu lugar de residencia. No obstante, habrá que estar también atentos al BOJA. 

¿En qué casos estará permitida la entrada y salida de Jerez?

Tal y como contempla el BOJA (artículo 2), publicado esta noche, en consonancia con lo establecido en el decreto del estado de alarma, se consideran desplazamientos debidamente justificados los que se produzca por los siguientes motivos:

  • Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios
  • Cumplimiento de obligaciones laborales, institucionales y legales
  • Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidos educación infantil
  • Retorno al lugar de residencia habitual o familiar
  • Asistencia o cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
  • Desplazamientos a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes
  • Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.
  • Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como de otros trámites inaplazables
  • Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables
  • Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad
  • Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente justificada
 

¿Puedo moverme por Jerez?

Sin problema alguno, tanto por el casco urbano como por cualquiera de sus pedanías y barriadas rurales de su término municipal. Puedes pasear, hacer deporte, alternar en un bar del término municipal –sin superar el límite de seis personas fijado para reuniones en el ámbito público tanto privado-, hacer turismo local (visitar el Museo Arqueológico, El Alcázar, las iglesias...), aunque siempre con cabeza y extremando las medidas de seguridad. Eso sí, ten en cuenta que el toque de queda es a las 23.00 horas de la noche y procura llevar la documentación personal (DNI) encima que acredite tu lugar de residencia.

¿Puedo ir a la Sierra o a la costa gaditana este puente?

Negativo. No puedes salir de Jerez. Todos los municipios del distrito sanitario de la Sierra de Cádiz y Costa Noroeste (Rota, Sanlúcar, Chipiona y Trebujena) están confinados desde esta noche a las doce y sólo se puede entrar y salir para las causas debidamente justificadas descritas anteriormente. Por lo tanto, nada de rutas en la Sierra o de paseos por las playas gaditanas al menos hasta el 9 de noviembre.

¿Puedo ir a mi segunda residencia?

Tampoco. La movilidad también está restringida para estos supuestos, como ya ocurrió en marzo con el estado de alarma, a no ser que esta segunda residencia esté en alguna barriada rural o pedanía de Jerez. Si vives en Jerez, por tanto, no podrás ir a tu casa de segunda residencia de El Puerto, Cádiz, Chipiona, Sanlúcar o cualquier punto fuera del término municipal.

¿Puedo ir a almorzar a un restaurante fuera de Jerez?

No. Estamos a las puertas de un puente, pero sí habías reservado para comer en cualquier restaurante de la provincia llama para cancelar la reserva o hazlo en cualquier establecimiento de tu ciudad (los hosteleros te lo agradecerán), porque las excepciones para salir de Jerez sólo son aplicables por causas de trabajo, estudio y por causa de fuerza mayor (hospitalizaciones, cuidado de dependientes, etcétera).

¿Hasta qué hora puedo quedarme en un bar?

Durante el día no hay ningún problema para comer y tomar café, siempre que tu reunión no supere las seis personas. También están permitidas las cenas, pero habrá que adaptarse al horario europeo, dado que, “en coherencia con el toque de queda (23.00 horas a 06.00 horas) los locales de restauración deberán cerrar a las 22.30 horas". No olvides que desde la pasada semana no puedes quitarte la mascarilla hasta que el camarero te sirva.  

¿Puedo ir a los centros comerciales?

Siempre y cuando estén dentro de tu término municipal, en este caso Jerez. Por tanto, los residentes de Jerez podrán seguir yendo con normalidad y respetando las distancias de seguridad, aforos y protocolos sanitarios a Área Sur, Luz Shopping o Ikea, pero no podrán ir a Bahía Sur (San Fernando) ni a Las Dunas (Sanlúcar de Barrameda) o El Paseo (El Puerto), por ejemplo, de la misma forma que los habitantes de la Bahía de Cádiz (El Puerto, Cádiz, San Fernando) no podrán desplazarse a las citadas grandes superficies de Jerez (independientemente de que estos términos municipales no estén confinados), como tampoco podrán hacerlo los vecinos de la Sierra y la Costa Noroeste (Sanlúcar, Chipiona, Rota y Trebujena), que también estarán cerrados hasta el próximo día 9 de noviembre.

¿Con cuántas personas me puedo reunir en mi casa?

Desde la medianoche de este jueves las reuniones en el ámbito público y privado quedarán limitadas a un máximo de seis personas, excepto aquellos grupos que sean convivientes y teniendo en cuenta que a las 23.00 horas empieza el toque de queda. 

¿Puedo celebrar Halloween?

La cosa no está para muchas celebraciones, pero siempre se puede pasar un buen rato en familia (sobre todo si hay pequeños) o con amigos sin perder de vista que no podéis ser más de seis (a menos que seáis convivientes), tanto en una casa como en un establecimiento público, y que hay que respetar las restricciones horarias impuestas por el toque de queda. 

¿De cuánto son las multas por saltarse las restricciones?

Las sanciones pueden variar entre los 60 y 60.000 euros en función de la gravedad de las infracciones cometidas.

 

 

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