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Málaga

Condenan a dos hombres por entrar en una vivienda donde intimidaron y agredieron a una pareja

Según se declara probado en la sentencia, los acusados, junto con otra persona no identificada, se dirigieron de madrugada al inmueble que constituía la vivienda de la pareja

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La Audiencia de Málaga ha condenado a dos hombres a dos años y medio de prisión cada uno por entrar en una vivienda, donde intimidaron y agredieron a la pareja que residía en la misma. Se les condena por un delito de allanamiento de morada y por dos faltas de lesiones, imponiéndoles, además, una multa de 900 euros y el pago de 6.500 euros en total como indemnización.

   Los hechos sucedieron en julio de 2011. Según se declara probado en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, los acusados, junto con otra persona no identificada, se dirigieron de madrugada al inmueble que constituía la vivienda de la pareja, ubicada en la zona de Torrequebrada de la localidad malagueña de Benalmádena.

   Así, tras dar un fuerte golpe a la puerta, entraron en la casa cubiertos con la capucha de la prenda que vestían y mantuvieron una actitud "violenta con los moradores de la vivienda, a quienes intimidaron y agredieron". Además, dice la resolución, uno de los acusados llevaba un subfusil de plástico y el otro un cuchillo de cocina.

   Asimismo, intentaron maniatar a una de las víctimas con unas bridas de plástico y amordazar a la otra con una cinta plastificada de color plateado. Como consecuencia de estos hechos, la pareja sufrió varias lesiones como hematomas y contusiones en distintas partes del cuerpo, por las que estuvieron varios días impedidos de sus ocupaciones habituales.

   La sentencia de este caso, tramitado por el procedimiento de la Ley del Jurado, se dicta tras la conformidad a la que llegaron el ministerio fiscal y los letrados de los acusados, quienes mostraron su adhesión a las peticiones del escrito definitivo de acusación. Por esto, ambas partes no consideraron necesario celebrar el juicio ni constituir el jurado popular.

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