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Málaga

Condenado por conducir en dirección contraria y saltarse varios semáforos para huir de la Policía

El conductor, al ver el dispositivo policial, "realizó una maniobra evasiva y se dio la fuga", pero "en dirección contraria, saltándose varios semáforos en rojo, invadiendo la acera al realizar los giros y golpeando a un vehículo y a un viandante"

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La Audiencia de Málaga ha confirmado la sentencia dictada por un juzgado de lo Penal de la capital que condenó a un hombre por dos delitos contra la seguridad vial al conducir en dirección contraria y saltarse varios semáforos en rojo, llegando, incluso, a invadir la acera, para evitar un dispositivo policial. Además, se le condena junto a otro hombre por resistirse a la detención.

   Los hechos sucedieron en junio de 2012. En la sentencia de la Sala, a la que ha tenido acceso Europa Press, se recoge que el juzgado consideró probado que el dispositivo policial estaba establecido sobre las 00.00 horas cuando los agentes observaron el vehículo conducido por el acusado, ya condenado antes por delitos contra la seguridad vial en dos ocasiones.

   En ese momento, el conductor, al ver el dispositivo policial, "realizó una maniobra evasiva y se dio la fuga", pero "en dirección contraria, saltándose varios semáforos en rojo, invadiendo la acera al realizar los giros y golpeando a un vehículo y a un viandante", señala la resolución. Tras esto, el acusado y el acompañante abandonaron el coche y huyeron.

   Pero, añade la sentencia del juzgado, que ahora ha sido confirmada, los agentes les dieron alcance, oponiéndose los acusados a la detención, para lo que forcejearon con dos agentes a los que produjeron lesiones leves. Por estos hechos, se condenó a ambos por un delito de resistencia, por el que les impusieron seis meses de prisión a cada uno.

   Además, al conductor se le condenó por dos delitos contra la seguridad vial, con la agravante de reincidencia, a las pena de 15 meses y un día de prisión, privación del derecho a conducir durante tres años y 70 días de trabajo en beneficio de la comunidad. Esta sentencia fue recurrida por el acusado, condenado sólo por resistencia por error en la valoración de la prueba.

   Sin embargo, el Tribunal concluye, tras un análisis de la causa, que los hechos se encuadran en el delito de resistencia y no de desobediencia, ya que forcejeó con uno de los agentes, al que le causó lesiones en una mano y en una rodilla, por lo que deberá indemnizarle con 120 euros. Así, desestima el recurso presentado y confirma íntegramente la sentencia.

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