El tiempo en: Rota

Málaga

Absuelta por pegar a su hija de 8 años que veía la tele de madrugada

La sorprendió ante la pantalla a las dos de la mañana, una conducta que repetía confrecuencia

Publicidad Ai Publicidad Ai
Publicidad Ai Publicidad Ai
  • ante la tele -
  • La sorpendió ante la pantalla a las dos de la mañana, una conducta que repetía confrecuencia

Una mujer ha sido absuelta por la Audiencia Provincial de Málaga de un delito de malos tratos por dar una bofetada a su hija de ocho años cuando la sorprendió a las dos de la madrugada viendo la televisión.

La madre fue condenada en primera instancia por un delito de malos tratos a 56 días de trabajo en beneficio de la comunidad, pero el fiscal recurrió al no haberse impuesto la medida de alejamiento y la defensa de la mujer solicitó la libre absolución.

Durante el juicio, la mujer aseguró que no quiso hacer daño a su hija, que solo pretendió corregir un comportamiento que estaba repitiendo, ya que se levantaba a ver la tele a altas horas de la madrugada, sin control alguno de lo que veía, y haciendo caso omiso a su madre, que había intentado corregirla por distintos métodos.

El tribunal considera probado que la niña no ha sufrido con anterioridad malos tratos, que convive sola con su madre y que nunca ha faltado a clase.

"Es inteligente pero desobediente", se explica en la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, y desde el colegio se le había advertido a la progenitora de que pusiera medidas disciplinarias a la pequeña porque había hurtado material escolar.

La propia niña llegó a reconocer que su madre había perdido los nervios, por lo que el Tribunal entiende que la acusada "de forma aislada y con intención de enmendar su comportamiento, golpeó a su hija sin llegar a producirle lesión".

Para esta Sala no parece adecuada la medida de alejamiento solicitada por el fiscal, ya que su entrega varios meses a una institución y alejarla varios meses del único pariente que tiene en España, su madre, "no puede sino levantar todas las alarmas por su falta de proporcionalidad".

Pese a ello, el Tribunal deja "muy claro" que comparte la filosofía del Comité de Derechos del Niño que se postula por "la ausencia total de castigo físico a menores".

Pese a que la Sala absuelve a la madre se dará cuenta a los servicios sociales, para que dentro de sus competencias, sigan facilitando a la mujer pautas para la corrección de los comportamientos de la niña y asistiendo a la menor.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN