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Imputan a la arquitecta responsable del túnel de bateo

El juez que investiga el derrumbe del túnel de bateo del campo de béisbol de Sant Boi de Llobregat (Barcelona), en el que murieron cuatro niños en enero de 2009, ha imputado a la arquitecta responsable de las obras, Carmen R., por cuatro delitos de homicidio imprudente y nueve de lesiones.

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El juez que investiga el derrumbe del túnel de bateo del campo de béisbol de Sant Boi de Llobregat (Barcelona), en el que murieron cuatro niños en enero de 2009, ha imputado a la arquitecta responsable de las obras, Carmen R., por cuatro delitos de homicidio imprudente y nueve de lesiones.

En su auto, el Juzgado de Instrucción número 3 de Sant Boi considera que existen indicios de que el derrumbe ocurrió por una “imprudencia grave profesional” dado que, según el informe pericial, la edificación incumplía la normativa y “no reunía las condiciones precisas y necesarias de solidez y seguridad”.

El derrumbe ocurrió el 24 de enero durante el fuerte vendaval que azotó Cataluña, cuando una ráfaga arrancó el techo metálico de la edificación y provocó el hundimiento de las paredes.

La construcción del túnel, situado en el campo municipal de béisbol de Sant Boi, la aprobó en octubre de 1993 el ayuntamiento de la población, que encargó a la empresa Construcciones J. García Martos las obras, cuya responsable era la arquitecta imputada.

Según mantiene la juez en su auto, del informe pericial judicial se desprende que el túnel no cumplía la normativa constructiva para la ejecución de los muros mediante bloques de hormigón ni reunía las condiciones de solidez y seguridad, por lo que constituía “un estado latente o de riesgo”.

Para la juez, la estructura del túnel “era incapaz de soportar la sobrecarga del viento, porque el muro de carga no tenía las condiciones de rigidez necesarias y no estaba atado al pórtico de ninguna manera”.

El auto añade que, aunque así constaba en el proyecto, el pórtico carecía de pilares metálicos embebidos en las fachadas que constituyeran un “sistema estructural capaz de soportar los efectos del viento independientemente de los muros de los bloques”.

La juez concluye que el hundimiento del túnel sucedió por “una imprudencia grave profesional” al no haber sido construido de acuerdo con la normativa requerida para ese tipo de edificaciones y cita a declarar como imputada a la arquitecta para el próximo 5 de noviembre.

En opinión de la juez, los homicidios imprudentes deben imputarse a la arquitecta técnica por ser la que elaboró los planos y llevó a cabo la construcción del edificio, con lo que es la responsable de que la ejecución del túnel de bateo se realizara de conformidad con la ley y según lo dispuesto en los proyectos.

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