Manrique explica las modificaciones Incluidas en las ordenanzas fiscales para 2.024

Publicado: 13/10/2023
Cambios que obedecen a ajustes para la mejora de los servicios y facilitar bonificaciones fiscales; y un segundo bloque en la carga contributiva
El portavoz del gobierno municipal, Daniel Manrique, ha explicado en detalle las distintas modificaciones que se van a incluir en las Ordenanzas Fiscales del 2024 que se elevarán al pleno de la próxima semana.

Manrique se ha referido a las modificaciones de las ordenanzas en dos bloques diferenciados: el primero que plantea cambios que obedecen a ajustes para la mejora de los servicios y facilitar bonificaciones fiscales; y un segundo bloque con una incidencia mayor en la carga contributiva, que viene como consecuencia de dos cuestiones fundamentales:  la nueva legislación que afecta al servicio de basura y la decisión del Consorcio de Aguas de la Zona Gaditana de aumentar el precio del agua en alta con una repercusión directa en los ciudadanos

Así, en el primer bloque, las modificaciones permiten reajustes en el funcionamiento de los servicios y pretenden corregir inconvenientes que se han detectado en la aplicación de bonificaciones incluidas en las ordenanzas, con la intención de ajustarlas a la realidad de la ciudadanía. Así, estos cambios permitirán por ejemplo que quienes tuvieran una bonificación por viviendas de protección, puedan seguir siendo beneficiarios de esta bonificación aunque sean propietarios de una parte de una segunda vivienda por herencia o tengan una segunda casa de la que no tienen el uso. Además, también se han ampliado los umbrales de renta de 2,44 veces el IPREM a 4 veces el IPREM, con la intención de llegar a más familias.

De la misma forma, la nueva ordenanza contempla modificaciones para mejorar la aplicación de bonificaciones sobre el IBI en aspectos como la instalación del aprovechamiento técnico y autoconsumo fotovoltaico; y sobre el impuesto de circulación para vehículos clásicos. Además, el impuesto de circulación se hace más homogéneo estableciendo dos escalas: vehículos profesionales para la actividad comercial a los que se aplicará un coeficiente del 1,361 y vehículos no profesionales, que pasan de un 1,9013 a un 2.

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