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Consejos en tiempos en crisis

Como primera recomendación: no firmar o tomar una decisión en nuestro trabajo sin asesorarnos primero sobre nuestros derechos.

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A nadie coge de sorpresa que el paro sea la primera causa de preocupación de los españoles. Un desempleo creciente que afecta a muchísimas familias y que mantiene en vilo a nuestra sociedad y sus mandatarios, especialmente en nuestra zona, donde la tasa del paro esta teniendo un crecimiento veloz. Nos enmarcamos en una vorágine de despidos, reclamaciones, juzgados, quiebra de empresas e incertidumbre, donde un consejo acertado puede servirnos de mucha utilidad.
Sin ánimo de ser exhaustiva, en esta nueva sección trataremos de resolver algunas dudas sobre temas concretos de índole laboral, aconsejando qué hacer, y sobre todo qué no hacer frente a situaciones que con frecuencia pueden sucedernos en el trabajo. Consejos dirigidos principalmente a los trabajadores, pero también, en algunos casos, a los empresarios que soportan de sobremanera el impacto de los malos tiempos económicos.
En éste, nuestro primer lunes, nos gustaría daros un consejo general, pero no por ello menos útil. Y nuestro consejo es no firmar, o tomar una decisión en nuestro trabajo, sin asesorarnos primero sobre nuestros derechos.
Muchas veces una simple e inocente rúbrica podría significar la renuncia a valiosos derechos o hipotecar futuras acciones legales. De ahí nuestro consejo de aplazar cualquier firma documental hasta tener bien claro lo que se está firmando. Sin querer concretar son frecuentes los finiquitos o indemnizaciones mal calculadas (generalmente por debajo de lo que podría corresponder). Asimismo, si decidimos firmar hay que fijarse bien en la fecha del escrito que firmamos, pues pudiera ocurrir que el escrito estuviera fechado con anterioridad, y estuviéramos con nuestra firma acortando los plazos, salarios y otros beneficios que pudieran correspondernos.
Hemos tenido un caso reciente, que sirve como ejemplo, en el que el trabajador firmó un documento de preaviso sobre despido por causas objetivas (según el empresario) que estaba fechado un mes atrás. En este caso el empresario tenía la obligación de preavisarlo con una antelación de un mes, por lo que con la simple firma, el trabajador daba por hecho que había sido preavisado hacía ya un mes, perdiendo así el mes de preaviso de trabajo y salario además de su derecho durante esa mensualidad (artículo 53.2 del Estatuto de los Trabajadores) a una licencia de seis horas semanales con el fin de buscar nuevo empleo, sin perder retribución alguna.
Otro detalle a tener en cuenta en la firma de un documento de preaviso es si el escrito incluye referencias a indemnización o cantidad alguna, ya que la firma podría suponer la renuncia a cantidades y derechos superiores.
Nuestra firma es un acto simple, pero a la vez extremadamente valioso cuando se trata de cuestiones legales, es por ello por lo que debemos ser precavidos, y siempre consecuentes.
En los próximos números trataremos sobre las situaciones de despidos, prestaciones, modificaciones de las condiciones del trabajo, reducciones de jornada, finiquitos, salarios y de numerosos casos que suelen ocurrir en nuestra dimensión laboral.
Este servicio pretende ser abierto al público en general, considerando todas las sugerencias o peticiones que pudieran realizarnos, para tratar en los sucesivos artículos que cada lunes iremos publicando.
Si quieres hacer tu consulta o sugerencia contacta con:
Jesica Mazerolle Ruiz
Asesora Laboral - Graduado Social
www.vmasesroes.com
info@vmasesores.com
Tel. 956 373 505

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