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Andalucía

Alaya rechaza dividir los ERE al existir una \"estructura piramidal\" de \"cargos políticos\" que daban ayudas

La juez que investiga el caso de los expedientes de regulación de empleo irregulares ha rechazado dividir el procedimiento en piezas separadas bajo el argumento de que \"en cada expediente de subvenciones sociolaborales podría derivarse responsabilidad criminal para las mismas personas\"

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La juez que investiga el caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) irregulares ha rechazado dividir el procedimiento en piezas separadas bajo el argumento de que "en cada expediente de subvenciones sociolaborales o ayudas a empresas podría derivarse responsabilidad criminal para las mismas personas", entre las que cita "a los diferentes cargos políticos y técnicos" de la Junta de Andalucía que "en estructura piramidal serían los promotores de un sistema ilegal de concesión de subvenciones públicas".

   En un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, la juez Mercedes Alaya se pronuncia de este modo al rechazar el recurso interpuesto por el abogado de la expresidenta del consejo de administración de la empresa de Dos Hermanas (Sevilla) Aceitunas y Conservas (Acyco) Encarnación Poto Monge, a fin de que abriera una pieza separada sobre su caso en concreto.

   La magistrada de Instrucción número 6 de Sevilla pone de manifiesto que la imputada, "lejos de mantenerse al margen de lo que ella denomina en su recurso como 'trama política', se aprovechó de ella en virtud de las presuntas influencias ejercidas sobre ciertos cargos --como así se deduce de la declaración del exdirector general de Trabajo Francisco Javier Guerrero-- para conseguir elevadas subvenciones".

   A su juicio, la imputada conocería que dichas subvenciones "se otorgaban discrecionalmente y sin que se justificara por los solicitantes, como ella, o por el órgano concedente, el fin público o el interés social de tales ayudas públicas, sobre todo cuando como es el caso las mismas se imponían como parte de una estrategia empresarial sobre la seguridad que se iba a disponer de tales fondos públicos".

CAUSA "INESCINDIBLE"

   Por todo ello, argumenta la juez, "al menos en el estado actual de la presente causa, al amparo del artículo 17.5 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, con independencia de cada empresario o directivo, la causa se configura como inescindible, pues en cada expediente de subvenciones sociolaborales o ayudas a empresas podría derivarse responsabilidad criminal para las mismas personas".

   "Nos referimos primero a los diferentes cargos políticos y técnicos de la Junta de Andalucía, que en estructura piramidal serían los promotores de un sistema ilegal de concesión de subvenciones públicas que ha permanecido vigente más de diez años, y en segundo lugar a los intermediarios que, alternándose, se repiten en cada uno de estos expedientes, sobre los cuales a día de hoy penden diligencias de interés", asevera la instructora.

   En conclusión, la juez insiste en que, "hasta la fecha, no existe razón alguna que justifique la división de la causa, pues se rompería la continencia de la misma, como así se expuso también por la Audiencia Provincial" en su auto de 13 de diciembre de 2013.

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