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Sevilla

Condenan al SAS por el olvido de una gasa con hilo metálico dentro del intestino de una paciente

La joven, con antecedentes de hernia de hiato y gastritis hipertrófica no ulcerada, tuvo que ser intervenida quirúrgicamente con extracción de los restos de la gasa, quedándole como secuelas una cicatriz quirúrgica ligeramente más larga que la anterior y molestias digestivas tras piloroplastia

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Un juzgado de Sevilla ha condenado al Servicio Andaluz de Salud (SAS) a pagar una indemnización de 17.035,41 euros a una joven a la que dejaron olvidada una gasa con hilo metálico dentro del intestino tras ser sometida a una operación para extirparle un tumor retroperitoneal en el Hospital Virgen del Rocío de la capital hispalense.

   En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el juez de Primera Instancia número 20 de Sevilla relata que los hechos se produjeron el 11 de junio de 2012, cuando la joven fue intervenida quirúrgicamente para la extirpación de un tumor retroperitoneal sobre el psoas ilíaco derecho y, en el curso de la intervención, los médicos se dejaron olvidada una gasa que se fijó a la pared duodenal del intestino.

   La joven, con antecedentes de hernia de hiato y gastritis hipertrófica no ulcerada, tuvo que ser intervenida quirúrgicamente con extracción de los restos de la gasa, quedándole como secuelas una cicatriz quirúrgica ligeramente más larga que la anterior y molestias digestivas tras piloroplastia.

   La operación para la extracción de la gasa se llevó a cabo en un hospital de Jerez de la Frontera (Cádiz) nueve meses más tarde, concretamente en marzo de 2013, tiempo durante el cual la víctima llevó en su organismo la gasa, "que empezó a pudrirse en el interior de su cuerpo".

   El bufete Ortiz, que ha representado a la víctima, ha destacado que la sentencia pone de manifiesto que "el hecho de que las gasas y compresas que se utilizan en cirugía vayan especialmente preparadas con un hilo o alambre fino radio-opaco perimetral es precisamente para que puedan ser vistas fácilmente a través del intensificador de imagen o lupa de aumento en el interior de la cavidad quirúrgica y de esta forma el cirujano pueda cerciorarse de sacarla antes de finalizar la operación y proceder a la sutura".

EL JUEZ NO APRECIA SECUELA POR NEUROSIS

   Al hilo, fuentes del despacho han indicado que "es muy difícil" olvidar una gasa en el interior de la cavidad quirúrgica, puesto que para ello existe en el quirófano un documento denominado Check List en el que el cirujano "está obligado a anotar el número de gasas que introduce en la zona quirúrgica y el número de gasas que saca de esta zona".

   De este modo, "antes de suturar tiene que cerciorarse que ha sacado el mismo número de gasas que ha utilizado en la intervención y, si no coincide, dedicarse a buscarla entre la sangre y los tejidos hasta que aparezca, pero nunca coses y suturar si no coincide el número de gasas introducidas con las sacadas".

   En la sentencia, y en cuanto a la secuela por neurosis que se reclamaba, el juez señala que no existe ningún informe de psiquiatra que la determine y únicamente consta una asistencia por neurosis de ansiedad e insomnio con prescripción de dos meses de tratamiento, "sin que se aporte ulterior informe médico psiquiátrico ni se interesara la declaración como testigo del psiquiatra que la atendió".

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