El tiempo en: Rota
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Sevilla

Una niña recibirá 335.000 euros por las secuelas en el parto

La menor, con cuatro años ahora, tiene problemas de movilidad en uno de sus brazos como consecuencia de la atención recibida durante su nacimiento

Publicidad AiPublicidad Ai Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai Publicidad AiPublicidad Ai
  • Bebé recién nacido. -

Un juzgado de Sevilla ha condenado a una aseguradora a pagar una indemnización de 335.000 euros a una niña, que ahora cuenta con cuatro años, por las secuelas que padece tras "una defectuosa atención" en su parto en un hospital de la capital, lo que le provocó una lesión del plexo braquial que dificulta desde su nacimiento la movilidad de uno de sus brazos.

Según reza en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el juzgado condena a la aseguradora al pago de esta cantidad más los intereses correspondientes desde el 7 de marzo de 2016 por el daño ocasionado como consecuencia de "una pésima asistencia" en el parto de esta menor, cuya defensa ha sido ejercida por la abogada María Jesús Villalpando de la asociación 'El Defensor del Paciente'.

Los hechos ocurrieron en un hospital de Sevilla del cuadro médico de la aseguradora el 8 de marzo de 2015, cuando la madre de esta niña ingresó para una inducción al parto al haber alcanzado ya las 41 semanas de gestación y no producirse este de manera natural.

La niña nació de madrugada siendo diagnosticada prácticamente desde el primer momento de una parálisis braquial derecha completa al haberse producido un arrancamiento total de los nervios del plexo braquial, que terminaron provocándole dificultades en la movilidad del brazo derecho (distocia), "secuela que tendrá que soportar la pequeña de por vida, pese a haber sido intervenida en un par de ocasiones para intentar mejorar el problema".

En el acto del juicio quedaron acreditados dos extremos: el primero era que antes de usar la ventosa para la extracción fetal, se debió esperar a que el feto bajase por el canal del parto de manera natural, dado que este instrumento obstétrico aumenta el riesgo de producir una distocia de hombro, accidente obstétrico en el que el feto saca la cabeza pero el hombro se queda encajado, de manera que le impide salir. La aseguradora no supo explicar el porqué de la necesidad del uso de ventosa.

Igualmente, la sentencia considera probado que una de las maniobras realizadas, denominada Mc. Roberts, "se hizo de manera inadecuada, de manera que se tiró del brazo de la pequeña una vez fuera de la vagina, provocando el arrancamiento del plexo braquial, o lo que es igual dañando todo el grupo de nervios que van del cuello a la axila, que ocasionan que el brazo no lo pueda mover de manera normal".

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN