El Juzgado de lo Penal número 11 de Sevilla ha condenado a Miguel López Adán, exgerente de Fundación DeSevilla, a un año de cárcel y el pago de una multa de 742.500 euros por desviar una subvención del Ayuntamiento destinada a la cooperación y dedicar el dinero a gastos de la propia asociación.
En una sentencia fechada el 5 de abril a la que ha tenido acceso Efe, el juez condena a López por un delito de fraude de subvenciones con la atenuante de dilaciones indebidas y le prohíbe durante tres años acceder a subvenciones o ayudas públicas y gozar de beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social.
El encausado aseguró en el juicio que no manipuló "ninguna factura" ni destinó los fondos a pagar "deudas anteriores" o a iniciativas de Izquierda Unida, formación a la que pertenecía.
La Fiscalía Anticorrupción pidió cuatro años y medio de cárcel, una multa de un millón de euros y el pago de una indemnización de 742.500 euros al Ayuntamiento.
El magistrado considera probado que López pidió una subvención para trece proyectos de cooperación el 20 de noviembre de 2008.
El interventor municipal ya advirtió el 1 de diciembre de una serie de "incidencias" en relación al expediente, pero el entonces teniente de alcalde y delegado de Relaciones Institucionales, Antonio Rodrigo Torrijos (IU), propuso a la Junta de Gobierno la aprobación del convenio, del gasto y del pago.
El convenio se firmó el 19 de diciembre y el objeto eran proyectos de cooperación en países en vías de desarrollo que la Fundación se comprometió a ejecutar entre octubre de 2008 y octubre de 2009, mientras que el Ayuntamiento aportó 990.000 euros.
La Junta de Gobierno transfirió a la Fundación el 75 % de la subvención, 742.500 euros, en una cuenta cuyo único titular era el acusado.
El 29 de junio de 2009, López pidió a Torrijos una ampliación del plazo de ejecución por seis meses y "el motivo no era otro que el impago de la subvención".
El 24 de julio, el interventor insistió en sus "advertencias" y alegó que "la falta de pago se debe a la no justificación de las subvenciones concedidas con anterioridad a dicha Fundación", si bien la ampliación del plazo fue aprobada.
El 25 de marzo de 2011, López renunció a toda la subvención, mientras que el 29 de junio el interventor emitió otro informe porque la Fundación había pedido una aportación extraordinaria para restituir su patrimonio, a lo que replicó que, según la auditora, "no queda acreditada la relación entre los gastos incurridos y los fines que estatutariamente debía cumplir la citada Fundación".
En cuanto al expediente 98/08, concluyó "en la necesidad del reintegro de la totalidad del abono realizado más los intereses a aquella fecha, 55.534,90 euros".
Respecto al destino de los 742.500 euros, entre diciembre de 2009 y abril de 2010 se gastaron 259.288,48 euros en nóminas, 60.000 para constituir una prenda, 41.747,69 en material de copistería y papelería y 10.352,61 en facturas de empresa de viajes, como detalla el magistrado.
El saldo de la Fundación a 20 de abril de 2010 era de 74,16 euros, por lo que "prácticamente en cuatro meses toda la cantidad recibida se esfuma en gastos que nada tienen que ver con los proyectos", apostilla el juez.
"Sin duda, el ingreso recibido regó de liquidez las arcas de la Fundación permitiendo no el desarrollo del proyecto sino la subsistencia de los puestos de trabajo mediante el abono de nóminas y pagos a la Seguridad Social", prosigue.
La sentencia, facilitada por la oficina de comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), resalta que López tenía "plena constancia" de que el modo de actuar de la Fundación respecto a las subvenciones era "anómalo" y que destinó a los fines previstos sólo "el 47 % de lo recibido".
Por el contrario, dejó "sin actividad" e incumplió "al menos parcialmente" los otros seis.
El juez considera que existió "un insoportable y grosero incumplimiento de la subvención" y "un auténtico y absoluto desastre para el ánimo de quien observara el espíritu de cooperación que parece desprenderse de las condiciones del convenio".
El magistrado considera que el condenado quiso "directamente" obtener el dinero, "vencer los obstáculos que impedían su llegada" y destinar la subvención "a gastos generales de personal y deudas con la Seguridad Social".
A todo ello se suma "un manifiesto y absoluto desprecio por la normativa reglamentaria del Ayuntamiento", aunque el magistrado también lamenta "el absoluto despropósito jurídico y financiero de la gestión de las subvenciones".